Reglamento por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 33/93 aporta una estructura horizontal para la vigilancia del mercado que aplica también al REACH. Uno de los principales elementos de este Reglamento es el requisito a los Estados miembros de presentar un programa de vigilancia del producto para el 1 de enero de 2010, fecha que entra en vigor.


