Requisitos de información
Los requisitos de información se refieren a la información que debe figurar en un expediente de registro (véase el artículo 10 y los Anexos VI a XI). Estos requisitos comprenden la información sobre las propiedades inherentes de la sustancia, así como cierta información sobre su fabricación, uso y exposición. En ocasiones, este término se utiliza exclusivamente en relación con las propiedades intrínsecas de una sustancia para su registro. Aspectos concretos de los requisitos de información sobre propiedades inherentes: La cantidad y tipo de información exigida depende ante todo del umbral de tonelaje, pero también puede verse influenciada por otros factores, como las características de su uso y exposición. En el caso de las sustancias fabricadas o importadas en cantidades de 1 a 10 toneladas, los requisitos concretos de información pueden depender igualmente de si se trata de una sustancia en fase transitoria. Los requisitos normales de información para cada tramo de tonelaje figuran en los Anexos VII a X del Reglamento.

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