Preguntas frecuentes
Publicada la nueva actualización (versión 4.2) del documento de preguntas frecuentes (FAQs) sobre REACH
Publicado en Preguntas frecuentes, REACH el 13 febrero 2012
Se ha publicado la última actualización del documento de preguntas frecuentes (FAQs) sobre el Reglamento REACH. En esta actualización una nueva pregunta ( FAQ 13.19) relativa a la obligación de suministrar una ficha de datos de seguridad a los destinatarios extracomunitarios
¿En qué consiste el Reglamento REACH?
Publicado en Preguntas frecuentes, REACH el 20 octubre 2010
REACH es el Reglamento europeo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemicals). Establece la obligación de realizar un registro para todo aquél que introduzca sustancias químicas en el mercado comunitario a partir de 1 tonelada anual, ya sean fabricantes o importadores de sustancias, como tales o en forma de preparados. Los productores de artículos también deberán prerregistrar las sustancias contenidas en los mismos, siempre que cumplan las condiciones del artículo 7. REACH también establece un sistema de autorización con vistas a garantizar que las sustancias altamente preocupantes se controlan adecuadamente; y prevé mecanismos más eficaces de intercambio de información a lo largo de la cadena de suministro. Leer más »
¿Cuál es el papel de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas?
Publicado en ECHA, Preguntas frecuentes el 19 octubre 2010
El Reglamento REACH establece la creación de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), ubicada en Helsinki. La Agencia será el núcleo del sistema REACH, gestionando los aspectos técnicos, científicos y administrativos del Reglamento, asegurándose de su buen funcionamiento y actuando como interlocutor entre todas las partes interesadas. Gestionará el proceso de registro y se encargará de la evaluación de los expedientes (comprobación y evaluación de las propuestas de ensayo). También jugará un papel clave apoyando a la Comisión, los Estados Miembros y otros agentes, coordinando acciones en la evaluación de sustancias y estableciendo y dirigiendo las infraestructuras informáticas. La Agencia tiene un importante poder de decisión, así como una Sala de Recursos, donde se decidirá sobre los recursos interpuestos contra sus decisiones.
¿Cuál es el alcance de REACH? ¿A qué sustancias afecta?
Publicado en Preguntas frecuentes, REACH el 18 octubre 2010
En principio, REACH afecta a todas las sustancias químicas, a no ser que estén explícitamente excluidas. Estas sustancias que quedan fuera del ámbito de aplicación del REACH son (ver exenciones en el artículo 2):
- Sustancias radiactivas.
- Sustancias sometidas a supervisión aduanera, en un depósito temporal o zona franca, siempre que no sean objeto de ningún tipo de tratamiento o transformación.
- Sustancias intermedias no aisladas.
- El transporte de sustancias peligrosas.
- Residuos (a menos que se hayan importado o comercializado).
- Además, los Estados miembros podrán prever excepciones por razones de defensa.
¿Cuáles son los primeros pasos a dar para prepararme para REACH?
Publicado en Preguntas frecuentes, REACH el 17 octubre 2010
El primer paso es identificar las obligaciones que debe cumplir su empresa de acuerdo con el Reglamento REACH, y establecer un responsable de la gestión de la información y de la coordinación de las acciones necesarias para su aplicación y cumplimiento. A continuación, se recomienda realizar un inventario de todas las sustancias químicas fabricadas y utilizadas, así como de todas las Fichas de Datos de Seguridad.
También se deberá establecer un protocolo de comunicación con proveedores y clientes, especialmente en lo relativo a los usos, que deben estar contemplados en el registro correspondiente. Leer más »

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